El juez absuelve al PP y a sus
tres empleados de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas por falta de
pruebas
Considera que en el juicio no ha
quedado probado este delito. Tampoco ha quedado probado el delito de
encubrimiento, con el que se acusaban al jefe de la asesoría jurídica, a la
extesorera y al jefe de Informática en 2013, cuando se destruyeron los discos
duros.
Imagen de archivo del
juicio sobre la destrucción de los ordenadores de Luis Bárcenas que se celebró
en el Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid. EFE
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MADRID
JULIA PÉREZ/ ALEJANDRO LÓPEZ
DE MIGUEL
El juez de lo penal número 31 de
Madrid, Eduardo Muñoz de Baena, ha absuelto por falta de pruebas al Partido Popular , a su gerente Carmen Navarro, a su jefe de la asesoría
jurídica, Alberto Durán, y al jefe de Informática
del partido, José Manuel Moreno, del delito de
daños informáticos de los que habían sido acusados por la destrucción de dos
ordenadores del extesorero Luis Bárcenas en
2013.
El magistrado considera que en el juicio
no han resultado probados dichos daños y asegura que
los ordenadores fueron destruidos en aplicación del
protocolo de seguridad y protección de datos vigente en el PP.
La sentencia resta credibilidad al extesorero y considera que el PP no
debió sentarse en el banquillo, en aplicación de las doctrinas Botín y Atutxa
desarrolladas por el Tribunal Supremo cuando la Fiscalía no acusa como es este
caso. Ahora bien, el juez opta por juzgar todos los delitos por si la Audiencia
de Madrid tiene un criterio distinto y para evitar tener que repetir el juicio.
Por otro lado, absuelve a los tres
empleados del PP de otro delito del que estaban acusados: el de encubrimiento.
A este respecto aplica el principio de 'in dubio pro reo' [ante
la duda, se resuelve a favor del procesado].
La resolución explica que no hay pruebas de que Navarro hubiera tenido
alguna intervención activa en el borrado de los discos duros de los dos
portátiles. Y tampoco se ha probado que Moreno y Durán tuvieran la
intención de eliminarlos para dificultar la investigación de la Audiencia
Nacional abierta sobre la supuesta contabilidad oculta del PP, dentro del caso
Gürtel.
Ambas alternativas son "compatibles con la lógica y potencialmente
susceptibles de generar convicción", por lo que debe inclinarse por la
solución más favorable al acusado.
El juez absuelve al PP del delito de daños
informáticos, el único del que estaba acusado. Considera que no hay pruebas de
que en los discos duros destruidos hubiera almacenado algún dato o archivo
alguno en el momento de su destrucción. O que, de haber existido algún
contenido en ese instante, tuviera un valor económico significativo o no
estuviera a salvo en el pendrive entregado
por Bárcenas a la Audiencia Nacional.
Desconfía de Bárcenas
"Únicamente vieron o conocieron
directamente el contenido de los discos duros el sr. Bárcenas y el sr. Moreno,
y ambos mantienen lo contrario", explica la extensa
sentencia, de 74 páginas, donde considera probado que uno de los ordenadores
pertenecía a la formación política y sobre el otro se desconoce si era del PP o
del extesorero.
El juez desconfía incluso del testimonio de Bárcenas, porque modificó su
versión sobre lo que contenían ambos ordenadores. Modificaciones que son
"legítimas y comprensibles para un acusado desde la perspectiva de su
derecho de defensa, pero no para un testigo".
No es coherente, argumenta, "que el
sr. Bárcenas dijera el 15 de julio de 2013 que el pendrive contenía la totalidad de lo almacenado en
el Toshiba y que, sin embargo, en las intervenciones en esta causa haya
afirmado que quedaron datos en el ordenador".
Considera incluso que Bárcenas entregó a la Audiencia Nacional la totalidad
de la información sobre la Caja B del PP en el caso Gürtel.
La pieza sobre la contabilidad paralela
del PP fue abierta en febrero de 2013 por el juez Pablo Ruz. La destrucción se llevó a cabo en verano de
2013, pocos días después del ingreso en prisión preventiva de Bárcenas.
Consistió en 35 sobre-escrituras de los discos duros en sucesivas pasadas.
Tras el borrado, el técnico "rayó los dos soportes de almacenamiento y se
deshizo de ellos".
¿Sabotaje o cumplimiento de la ley?
Respecto al delito de encubrimiento, el juez explica que este tipo penal
exige que existan pruebas de que en el ánimo de los procesados estuviera
el de dificultar la acreditación de un delito vinculado a la supuesta
contabilidad paralela del PP.
Y cree compatible con la lógica las dos alternativas expuestas en la vista
oral. Por un lado, la alternativa del sabotaje esgrimido por las
acusaciones -"en la medida que la condena por ese delito podría haber
tenido consecuencias negativas para la formación política, económica, social y
políticamente"- y, por el otro, la de las defensas, que sostuvieron que la
voluntad de los acusados era "observar las buenas prácticas aconsejadas
para el cumplimiento de la legalidad vigente en materia de protección de
datos".
La sentencia recuerda que “lo que nuestro legislador pretende no es que se
haga difícil condenar a nadie o que se pidan situaciones de certeza imposibles,
sino que quien tiene que juzgar llegue al convencimiento sobre la realidad de
lo ocurrido a través de medios de prueba, más allá de toda duda razonable. Si
se presentan dudas –añade la resolución-, sobre la intención que llevó a
realizar el borrado, y estas son lógicas, de sentido común, no absurdas o
derivadas de planteamientos maximalistas o imposibles, se ha de absolver”.
Primer partido en sentarse en el banquillo
El partido de Pablo Casado ha sido el primer partido en sentarse en el
banquillo, después de que en el año 2012 se introdujera en el Código Penal la
responsabilidad penal de los partidos y los sindicatos.
afrontó el banquillo acusado de un delito
de daños informáticos por la destrucción de los discos duros de
los ordenadores utilizados por su extesorero Bárcenas. Según el también
exsenador del PP, que se encuentra cumpliendo su condena a 33 años de
cárcel por su participación en la trama Gürtel, estos
ordenadores contenían información sobre la contabilidad paralela del partido,
la caja b que sigue investigando la Audiencia Nacional.
A su vez, su actual gerente y extesorera, Carmen
Navarro; el director del departamento jurídico del PP, Alberto
Durán, y el entonces responsable de Informática, José Manuel Moreno, sumaron a la acusación
por daños informáticos otra por encubrimiento, un delito que no es atribuible a
las personas jurídicas.
Después de recusar a la juez instructora,
Rosa María Freire, y de realizarinnumerables movimientos para
zafarse del proceso, en junio de este año el PP se vio obligado
a sentarse en el banquillo de los acusados. El proceso arrancó cinco años
después de que la Audiencia Nacional pidiera a la justicia madrileña que
investigara los hechos, y seis años después de que estos tuvieran lugar.
La vista oral ante el Juzgado de lo Penal 31 de
Madrid se prolongó durante cinco sesiones, celebradas en la sede de
la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares. El titular del juzgado, Eduardo
Muñoz de Baena, no
permitió que fuera retransmitido por streaming, para regocijo del
PP.
Hasta 11 millones de euros de petición de multa
Si bien la
Fiscalía nunca apreció indicios de delito en la destrucción de los ordenadores
de Bárcenas , las tres acusaciones populares que han impulsado
la causa han llegado a reclamar una multa de 11 millones de euros para el PP
por dos delitos de daños informáticos. Es el caso de Izquierda
Unida, que además solicitó una condena de cuatro años y seis meses de prisión para Navarro, Durán y Moreno por
los mismos delitos, en concurso con el de encubrimiento.
Por su parte, la acusación popular
del Observatori Drets Humans (DESC) reclamó para el PP
una multa de 1 millón de euros, la suspensión de
sus actividades durante un año y la prohibición de recibir donaciones en una
década. En lo que respecta a Navarro, pidió cuatro años de cárcel por dos
delitos de daños informáticos y encubrimiento, y para Durán y Moreno una pena
de prisión de tres años y diez meses, y de tres años y ocho meses,
respectivamente.
A su vez, la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (Adade)
pidió al juez que impusiera al PP una multa de 109.000 euros por un delito de
daños informáticos, así como una condena de dos años de cárcel para Navarro y
Durán, y un año de prisión para Moreno.
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