MADRID
EUROPA PRESS
La
Audiencia Provincial de Madrid ha reabierto el caso de
la venta de viviendapública al fondo de inversión Fidere por el
equipo de Gobierno presidido por la exalcaldesa Ana Botella (PP).
En
un auto, fechado el pasado 27 de mayo, la Audiencia estima los recursospresentados por la Asociación de
Afectados por la Venta de Viviendas de la EMVS; por la portavoz del Grupo
Municipal Socialista, Purificación Causapié, y por la Empresa Municipal de
Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) contra el auto del pasado 23 enero, dictado
por el Juzgado de Instrucción 38 de Madrid, que dispuso el sobreseimiento
provisional y archivo de las diligencias.
Con
esta nueva decisión se busca agotar la investigación por los posibles delitos
de prevaricación administrativa
Con
esta nueva decisión se busca agotar la investigación por los posibles delitos
de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude que pudieran haber cometido los
investigados. Estos son Fermín Oslé Uranga,
quien fuera consejero delegado de la EMVS, y Alfonso Benavides Grases,
apoderado de la entidad mercantil Fidere Vivienda (del fondo de inversión
estadounidense Blackstone, el mayor case de España), por la venta de 1.860 viviendas, locales y garajes públicos realizada
en 2013.
Ya
un auto de septiembre de 2017 acordó la reapertura de las diligencias
previas, también archivadas, a raíz de la presentación del informe
de fiscalización elaborado por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
el 30 junio 2016 y que se centraba en los ejercicios 2012 y 2013, bajo un
mandato del PP.
Condenados
por el Tribunal de Cuentas
Esta
operación ya le costó el pasado diciembre a la exalcaldesa y parte de su equipo
una condena por parte del Tribunal de Cuentas. Botella
y siete miembros de su Gobierno están
condenados a pagar 23 millones de euros. Concretamente
vendieron 1860 viviendas, 1.797 plazas de garaje y 1.569 trasteros, más otros
89 elementos no vinculados a los fondos buitre por 128,5 millones, cuando podría haber ingresado más
de 151 millones, según el Tribunal de Cuentas. Los
implicados han recurrido esta decisión, aunque ahora la justicia ordinaria
sigue examinando con lupa aquella decisión.
En
el informe de la Cámara de Cuentas se señalaba que la venta se produjo sin
fijar con carácter previo el valor de los inmuebles a
enajenar ya que lo más parecido a ello es una estimación
realizada por una entidad, que además resultó ser asesora de los
adjudicatarios.
No
existía una concurrencia real de eventuales compradores dada la información
privilegiada
A
eso se sumaba que no existía una concurrencia real de eventuales
compradoresdada la información privilegiada que
con carácter previo al acuerdo de la venta tuvieron cuatro compañías, entre ella
la adjudicataria Magic Real State, que después cedió sus derechos a las
compañías Fidere.
Y
destacaban igualmente que había sido el comprador y no la EMVS la que fijó el
precio de la venta de las viviendas, un importe "objetivamente
inferior al precio que podía obtenerse e incluso al mero valor
contable de las viviendas". El informe de la Cámara de Cuentas también
hacía mención a los 2,3 millones de euros destinados al pago de dos facturas de
una sociedad intermediaria en las operaciones de compra-venta "que no sólo
no resultaría necesaria sino que no existe otra constancia de la intermediación
que la aparición de las propias facturas".
Una
gestión fuera de regulaciones en la EMVS
En
el auto, la Audiencia Provincial hace mención a que Oslé pudo incumplir las
normas reguladoras de la gestión económico-financiera aplicables
a las operaciones en las que intervino "pues no aplicó las prevenciones de
derecho público exigibles".
La
Audiencia Provincial hace mención a que Oslé pudo incumplir las normas reguladoras
de la gestión económico-financiera
"Además,
permitiendo el pago a la empresa intermediaria por prestaciones que no tenían
cobertura jurídica ni está probado que se ejecutaran, y el cobro por la venta
de inmuebles por un precio inferior al mínimo
jurídicamente aceptable, la actuación del demandado produjo un daño
real y efectivo, económicamente evaluable e identificado en unos bienes
públicos concretos"
La
actuación de Oslé "está incursa, al menos, en negligencia grave pues ni se atuvo al canon de diligencia cualificado exigible
en la gestión de fondos públicos, ni agotó los medios a su alcance profesional para
prevenir y evitar el menoscabo del patrimonio público puesto a su cargo".
La
Audiencia Provincial no desconoce que el ámbito competencial del Tribunal de
Cuentas es diferente del penal aunque no descartan "la existencia de indicios de infracción penal" en la actuación de Oslé.
"Existen
indicios suficientes como para entender que entra dentro de un razonable juicio
de probabilidad que los investigados pudieran haber incurrido en
responsabilidad penal por un presunto delito de
prevaricación y malversación de caudales públicos",
añaden. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
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